Ni una menos
El domingo tuvo lugar en Paysandú la marcha “NiUnaMenos” 2018, una movilización que se realiza cada 3 de junio en varias ciudades de Latinoamérica desde 2015, cuando en Argentina se desarrolló la primera convocatoria.
Escribe Mariannina Álvarez
En el vecino país la movilización central, multitudinaria, se realizó el día lunes con un pañuelazo frente al Congreso de la Nación, que trata estos días el proyecto de ley para legalizar el aborto.
En Uruguay la marcha fue convocada por la Coordinadora de Feminismos y se llevó a cabo en Montevideo y en varias ciudades del interior, bajo el lema “Ni una muerta más”. En Paysandú recorrió la zona del balneario municipal, respondiendo al llamado de la Asamblea Permanente de Mujeres. Hubo intervenciones artísticas y toques de tamboril.
En lo que va del año han sido asesinadas 23 mujeres, la mayoría de ellas a manos de sus parejas o ex parejas. Las feministas responsabilizan al Estado por la falta de acciones frente a la violencia machista.
En mayo, en una vivienda ubicada en el barrio Ciudad de Vieja de Montevideo, un hombre mató a su pareja, de 50 años, según su versión en forma accidental mientras manipulaba un arma. El mismo día, vecinos de la zona del Hipódromo de Maroñas de la capital del país, llamaron a la policía para denunciar la aparición de un cadáver en un descampado. Se trataba de una mujer menor de 30 años, con heridas en la cabeza que, según los primeros indicios, fueron producidas por una piedra que estaba al lado del cuerpo.
Las consignas y cantos se repiten año a año: “Tocan a una y respondemos todas, feministas alertas y en las calles”, “alerta, alerta, alerta que camina la lucha feminista por América Latina”, “ni una muerta más, ni una mujer menos”.
En cada manifestación se hace referencia a lo imperioso de dar visibilidad a la situación. En esta oportunidad se suma la exigencia de que la ley integral contra la violencia de género, aprobada meses atrás, cuente con el presupuesto necesario para que se asegure su implementación. Esta norma establece, en materia de educación, la obligación de capacitar al personal educativo y diseñar materiales para la prevención y detección precoz de la violencia de género. Asimismo, exige para la contratación de personal que no existan antecedentes, penales o administrativos, en asuntos de violencia física, psicológica, sexual, doméstica. La ley fija como deber del Estado asegurar la atención sanitaria a todas las mujeres en situación de violencia basada en género, e incluye una definición de violencia obstétrica.
La ley señala que se deben crear espacios de atención a los varones que ejercen violencia, y en materia laboral, la obligación de promover medidas que aseguren el derecho a igual remuneración por trabajo de igual valor, sin discriminación por sexo, edad, situación de discapacidad, estado civil o maternidad.
Asimismo, establece medidas para asegurar la permanencia de las mujeres en el trabajo, como licencias con goce de sueldo que contemplan la asistencia a instancias judiciales, 24 horas de licencia posteriores a la denuncia de los hechos de violencia y de aplicación de medidas cautelares. Si la situación de violencia se produce en el ámbito laboral, se habilita el traslado o cambio de horario si es necesario.
Con respecto a la vivienda, el Estado debe dar respuestas a las mujeres en proceso de salida de situaciones de violencia de género. En el sistema público de vivienda se prevén ajustes de cuotas para los casos en que se ordene el retiro del agresor del hogar por orden judicial, cuando esta situación. En el caso de viviendas alquiladas, cuando la persona sobre la que pesa el retiro del hogar es la titular del contrato, operará la cesión de este a favor de la víctima.
Se crean los juzgados especializados en violencia basada en género, doméstica y sexual, que centralizan las distintas competencias civiles, penales, de familia y otras que puedan estar implicadas en el proceso judicial. Se plantean distintos mecanismos de protección de las mujeres, niñas, niños y adolescentes durante los procesos judiciales. Entre ellos, la prohibición de la permanencia de víctima y victimario en la misma sala, la prohibición de mediación y conciliación en estos procesos, la grabación de testimonios para evitar su repetición.
En el caso de solicitudes de restitución internacional de menores, la misma podrá negarse cuando exista o haya existido violencia basada en género acreditada del demandante en contra de las hijas o los hijos cuya restitución se solicita, o contra la persona a cuyo cargo se encuentren.
Desde las organizaciones feministas se ha advertido de la necesidad de que el gobierno aporte los fondos necesarios para que estas medidas no sean letra muerta.