Escribe Benjamín Nahoum
La LUC en tela de juicio
Las actividades escolares se pueden suspender, las clases de la enseñanza secundaria y la Universidad se pueden suspender, las elecciones departamentales y municipales se pueden suspender, y hasta el sacrosanto Campeonato Uruguayo de Fútbol se puede suspender, pero lo único que no se puede suspender en nuestro país, según la mayoría de gobierno, es el plazo para recolectar las firmas para someter a referendo 135 artículos de la Ley de Urgente Consideración Nº 19.889 (LUC), porque la Constitución no dice que eso pueda hacerse (aunque tampoco dice que no pueda hacerse), y aun cuando haya una causa de fuerza tan mayor como una pandemia, o sea una epidemia de alcance universal.
Es que la estrategia de la coalición mayoritaria, como la de los tres famosos “monos sabios”, es taparse los oídos, cubrirse los ojos y ponerse a sí mismos una mordaza, y si no se oye, no se ve y no se habla, puede parecer que todo está bien. O quizá estén tan convencidos de las virtudes de su propio invento, que no consideren necesario hacer nada por defenderlo, más que acumular adjetivos laudatorios. Al fin y al cabo, con 18 votos en 31 y 57 en 99, se puede hacer la plancha hasta la próxima LUC.
Pero como los equipos de fútbol que cuando les echan un jugador redoblan su esfuerzo y logran resultados impensables, el pueblo uruguayo ha respondido a la negativa al razonable pedido de la suspensión de los plazos para la recolección de las firmas (así como en muchas países se han suspendido desalojos y lanzamientos, los vencimientos de pagos se han postergado, y hasta los plazos de trámites judiciales se han prorrogado) redoblando a su vez el esfuerzo para conseguir las alrededor de 675.000 adhesiones necesarias para que haya referendo.
Por eso el ritmo de recolección de firmas se intensificó, recobrando los guarismos de las primeras semanas, y por eso es altamente probable que, con pandemia o sin pandemia, finalmente se consiga el número de adhesiones requerido y la ley se someta a referendo. Y, si se llega a esa instancia, que se deroguen los artículos más tóxicos, por ese voto popular aparentemente tan temido. ¿Porque, si no se lo teme, por qué no levantar los obstáculos al referendo, en vez de amontonarlos?
Pero hay otra cosa muy importante, que el referendo solo no resuelve, y es que la LUC es inconstitucional, como lo han establecido prestigiosos juristas, como los doctores José Korzeniak y Juan Pablo Cajarville, y los escritos del doctor José Aníbal Cagnoni y otros. Y como comprende perfectamente cualquier ciudadana o ciudadano que se tome el trabajo de leer el inciso 7º del art. 168 de la Constitución, ya que las leyes de urgente consideración son un procedimiento de excepción que obliga al estudio a marchas forzadas de un proyecto de ley por el Parlamento, sólo porque se trata de una cuestión de real y probada urgencia. Y por lo mismo la Constitución dispone que el Poder Ejecutivo no puede enviar más de un proyecto de este tipo simultáneamente, dado que sería imposible que el Legislativo los tratara en esos plazos perentorios.
Pero el Poder Ejecutivo ha violado la constitución, “enganchando” en un proyecto “ómnibus” casi cincuenta temas diferentes, cada uno de los cuales debería ser un proyecto independiente, y ha incluido en ese mamotreto temas que en su mayoría no son urgentes; el Ejecutivo se ha transformado así en legislador, abrogándose funciones que son del Poder Legislativo, puesto que la consecuencia de que éste no pueda estudiar y resolver los temas con la seriedad y profundidad necesarias es que, o lo hace sin esa seriedad y profundidad (que fue lo que pasó) o el proyecto se aprueba de manera ficta.
¿Por qué es importante esto? Pues porque de esta forma, no sólo se está impidiendo a las minorías intervenir adecuadamente, sino que también se lo impide a la sociedad toda, cuyas organizaciones apenas tuvieron pocos días para digerir el contenido del proyecto y un cuarto de hora para exponer sus opiniones e inquietudes ante la comisión del Parlamento que estudiaba el proyecto.
Firmando para que haya un referendo sobre los artículos más negativos de la LUC se abrirá un espacio de discusión que hasta ahora se ha negado y que el gobierno estará obligado a recorrer para ganar el apoyo popular. Y votando la derogación en el referendo, se conseguirá que las medidas más perjudiciales para los sectores populares de la LUC no prosperen. Las firmas y los votos serán la mejor manera de rechazar una forma de gobernar que deja de lado la participación y la sustituye por el poder de mayorías inconmovibles.
Pero sería también importante y necesario, al mismo tiempo, emprender el camino de denunciar la inconstitucionalidad de este procedimiento, para evitar que vuelva a ser utilizado con abuso, posibilidad que abre la propia Constitución en su artículo 256. Nuestra democracia se construye día a día, en la discusión, en el intercambio de opiniones, en la información más amplia para respaldar los debates, en la creación de espacios para ello. Es algo diametralmente opuesto a lo que ha sucedido con esta LUC, que ha utilizado hasta el abuso un mecanismo que fue pensado para solucionar situaciones que requieren respuestas urgentes y no para permitir que los gobiernos eludan la discusión democrática. Nos haría bien a todos volver a los procedimientos con que siempre han funcionado nuestra sociedad y nuestra democracia. Incluido al propio gobierno.