El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 1er. turno con fecha de hoy y a través de cedulón Nro. 1015/2024, en autos caratulados: “DIAZ, MARIO y otro c/ INTENDENCIA DE PAYSANDU – ACCIÓN DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (ART. 22 LEY 18.381) P.E.151/24”, IUE 2-74434/2024 tramitados ante esta Sede se ha dispuesto notificar a Ud. la/s providencia/s que a continuación se transcribe/n.

Resumiendo

Sentencia Nro. 281/2024

La misma condena a la Intendencia Departamental de Paysandú a acceder a la información pública requerida por los Sres. Mario Díaz y Federico Álvarez Petraglia, en un plazo de quince días, a contar desde el día siguiente a su notificación.

La acción promovida refiere a tres accesos a la información pública presentados por las mismas personas en la misma fecha, pero por tres temas distintos. Así, el primero consta en el geo-expediente 2024-2554 agregado en autos por la “construcción de un hogar estudiantil universitario”, el segundo por el geo-expediente 2024-2555 por la “relación de la IDP con la Fundación a Ganar” y el tercero por el geo-expediente 2024-2556 referente a “gestión del vertedero municipal”. En total se constatan más de 30 preguntas y todas las respuestas dadas por la IDP surgen del expediente.

La Intendencia tiene 15 días para responder y si no lo hace se le tipifica el delito de desacato.

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