El 23 de agosto de 2024 por sentencia definitiva N° 32/2024 de primera instancia se condenó a la IDP a brindar la información requerida.
El 19 de setiembre de 2024 por sentencia definitiva de segunda instancia el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Primer turno confirmó la condena de la IDP por sentencia definitiva 281/2024 por auto N° 2084/2024 del 16 de octubre de 2024 (fs. 290 y ss), se dispuso que se tenía a la IDP por no cumplida con la obligación legal impuesta por sentencias definitivas N° 32/2024 y 281/2024, imponiendo cuatro UR como astreintes diaria por cada día de retardo en el cumplimiento de lo ordenado.
El 24 de abril de 2025 por resolución N° 752/2025 se fijó el retraso de la IDP en 27 días, debiendo abonar 4 UR por cada uno de ellos. En total se trata de una condena a la IDP como consecuencia de demorar un acceso a la información pública. La mitad corresponde a Mario Diaz y a Federico Álvarez Petraglia pero han decidido donarlo a MOPI y al Poder Judicial, casi 200 mil pesos.
Todo comenzó con el pedido en vía administrativa el día 13 de mayo de 2024.




