Darío Rodríguez
Es notorio que el país arrastra un fortísimo déficit habitacional, sin que los distintos gobiernos, más allá de sus estrategias, muevan la aguja. La respuesta: escasa inversión, – se acrecienta el drama-, aumento de asentamientos y respuesta policial. Con las políticas neoliberales del actual gobierno el déficit, dicho por el propio Ministerio de Vivienda puede saltar de las 75 mil a las 90 mil viviendas. Nos referimos al déficit cuantitativo, solamente.
Información periodística reciente menciona que a principios del 2019, gobierno del FA, el Ministerio del Interior allanó varias fincas abandonadas en Ciudad Vieja, Montevideo, donde funcionaban bocas de venta de droga. La prensa agregaba que vecinos, en distintos puntos del país, denuncian situaciones análogas que, de última, degradan comunidad. Desde el primer gobierno del FA se endurecieron las penas a los ocupantes; -a solicitud de legisladores opositores de Maldonado-, aunque ello se recuerde poco. Ahora como parte de las políticas habitacionales, la Policía, en un creciente “rol social” tapiará fincas abandonadas para evitar la proliferación de bocas de venta de drogas u ocupaciones ilegales. Aunque no es lo mismo una cosa que la otra. Ni esas fincas tienen las condiciones de habitabilidad que se merece cualquier ciudadano.
Con información censal del 2011 nos podemos aproximar al complejo fenómeno de las fincas abandonas. En su momento, jerarcas de la Dirección Nacional de Vivienda (DINAVI-MVOT) brindaron algunos datos. Se constaban por entonces 252.400 viviendas desocupadas en todo el país; 46 mil en Montevideo. Algo más de la mitad del total, son viviendas de “temporada”; generalmente ubicadas en Balnearios o sitios de vacaciones. El desglose permite apreciar que de las viviendas desocupadas, un 17% estaban vacías; no eran ni de descanso ni ruinosas. En Montevideo, el porcentaje trepa al 20 %.
Al fundamentar la necesidad de tener un instrumento legal que declare el abandono se ponía como ejemplo las dificultades que hubo para acceder, en Montevideo, a tres bienes en lugares servidos de la ciudad que generaron múltiples problemas: la ex mutualista Comaec, a pocas cuadras de Tres Cruces, por Br Artigas; el edificio de José Pedro Varela y Br Batlle y Ordoñez y el Hotel Casino, por Gonzalo Ramírez, en zona del Parque Rodó. Estos casos se podrían replicar en otras ciudades.
Con tal panorama, en el 2012 los entonces diputados Alfredo Asti y Mauricio Guarinoni presentaron un anteproyecto de ley sobre el uso social de los bienes inmuebles declarados judicialmente en abandono. Llamó la atención que se derivara a la comisión de Constitución, Códigos y Legislación general y no a la de Vivienda de Diputados. En el imaginario y, más aún, en el entramado judicial uruguayo la propiedad privada se sitúa en un lugar de intocabilidad. Aunque generó mucha suspicacia la falta de interés en su tratamiento por parte de los legisladores del oficialismo; ni hablar de los que eran oposición. Nunca se dio una explicación.
Años después, tal vez para disimular el abandono del proyecto de Asti y Guarinoni, el Parlamento, con amplio respaldo y consiguiente difusión, votó la iniciativa por lo cual los inmuebles urbanos “vacíos y degradados” deben ser integrados al stock para su uso. La diputada del MPP, Susana Pereira, sostuvo que con la iniciativa se “intentó proveer nuevas herramientas para que la sociedad acceda a los inmuebles urbanos y darles un mejor uso, aprovechando toda la inversión social acumulada en términos de infraestructura y capacidades urbanas”. En este caso si el dueño no puede rehabilitar el bien o no le interesa podría haber venta judicial para que el nuevo adquirente lo rehabilite. Si mediara el extremo de la venta judicial se resguardan los derechos de los propietarios y quienes tengan incidencia sobre el bien para tranquilidad de los defensores de la propiedad privada.
El frustrado anteproyecto presentado por Alfredo Asti y Mauricio Guarinoni, en su articulado, siguiendo parámetros usados en países tan capitalistas como el Uruguay, establecía el procedimiento judicial para declarar el abandono, la consecuencia del mismo y el destino que tendría dicha finca. Se configuraría el abandono, habilitante de la solicitud de declaración judicial de un inmueble ubicado en suelo urbano o suburbano, “cuando su propietario o promitente comprador, incumpla por un lapso superior a cinco años continuos, los deberes de conservar y de cuidar previstos por el artículo 37 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible (LOTDS) 18.308, de 18 de junio de 2008, con perjuicio para la comunidad, sus vecinos y eventuales ocupantes” rezaba el artículo 2 de la propuesta. No era ni por asombro una propuesta confiscatoria de la propiedad. Se trataba que primara, parcialmente, el interés general. “¿En qué condiciones se prevé que se puede solicitar la declaración de abandono y por parte de quiénes? se preguntaba Asti. “Tanto el Poder Ejecutivo como los Gobiernos Departamentales y, dada la interacción que se está dando en este momento, la idea es que se haga en conjunto, porque hay intereses involucrados” respondía. Tenía un calado distinto al anteproyecto que se terminó aprobando.
La LOTDS establece con claridad los deberes de los propietarios. Refiere tanto a los derechos como a las obligaciones. En ese sentido, el artículo 37 de la norma habla de los “deberes generales relativos a la propiedad inmueble”. Entre ellos el de usar, conservar, proteger, cuidar, etc. Así el proyecto Asti Guarinoni surgía al calor de la declaración de “emergencia sociohabitacional” durante el gobierno de Mujica y el paraguas de la LOTDS. Con limitaciones, algunos gobiernos departamentales, intentan, mediante diversos mecanismos, que casas abandonadas o terrenos baldíos, en especial en zonas consolidadas de la ciudad se incorporen al stock disponible. En Paysandú, por ejemplo, la propuesta presupuestal de la IDP prevé gravar terrenos baldíos pautando el fin social de la tierra. Sería interesante que las Intendencias, empujadas desde las organizaciones sociales del hábitat, constituyan un inventario susceptible de incorporar a la cartera de tierra. En Montevideo, la Intendencia venía trabajando en la idea de construir cooperativas en “lotes dispersos” y ver posibilidades en fincas abandonadas.
Hay que reconocer logros que en materia de vivienda y hábitat tuvieron los gobiernos del FA. Aunque ello no es óbice para señalar sus debilidades u omisiones. Una de ellas fue haber “cajoneado” el anteproyecto Asti Guarinoni sin atisbo de explicación alguna. Las resistencias estuvieron dentro de la coalición de izquierdas. Consultado en su momento por el semanario cooperativo Brecha sobre el cajoneo del proyecto Asti, un diputado con vasta experiencia, expresó: “tengo mis presunciones de por qué el proyecto fue trancado”. A buen entendedor!
Por aquellos años funcionaba una comisión interistitucional, integrada por el entonces MVOTMA, Defensoría del Pueblo de Montevideo, INAU, Intendencia, MIDES, Alcaldías, Ministerio del Interior-, que aportaban insumos valiosos sobre la temática en cuestión. Hoy el rol sobre las fincas abandonadas lo asume la Policía.
Sobresale la falta de inversión para atender déficit crónico. Aquellas políticas desplegadas en los 15 años, a la luz de los recortes procesados, hoy parecen el sumun. Las Federaciones y la Mesa de Institutos han expresado, sobre la asignación presupuestal al MVOT, que“podemos afirmar que el recorte presupuestal ha sido superior al 20 % sobre lo ejecutado en el gobierno anterior”.
Generar instrumentos para vigorizar políticas públicas de vivienda, haciendo primar el interés general por sobre la desidia o la especulación, es un camino interesante de transitar.
Hoy que las políticas van en reafirmación de una modalidad de tenencia por encima de la vivienda como derecho humano y del artículo 45 de la Constitución, es más difícil. De haberse aprobado la propuesta de los diputados, en aquellas épocas, oficialistas Asti Guarinoni se dispondría de una herramienta más y esas fincas abandonadas podrían ser incorporadas a la cartera de tierra nacional o departamental. Cartera que es un formidable instrumento de planificación urbana, mitigando, evitando la gentrificación y la expulsión a las periferias.
Otras iniciativas -regulación de alquileres, por ejemplo-. fueron puestas a consideración del Parlamento para darle más integralidad a las políticas públicas, pero también naufragaron y la LUC profundiza perjuicios.
