Mauricio De Benedetti
Se votó en la Cámara de Senadores una Ley interpretativa de la Constitución de la República Oriental del Uruguay.
Pretenden con esto pasar por encima de la Constitución y de un plebiscito impulsado por el Frente Amplio y que resultó negativo por un 63 por ciento, es decir que de cada 100 ciudadanos, 63 votaron que no están de acuerdo con el voto de uruguayos que viven en otro país.
Ya lo dice el artículo 81 de la Constitución: “La nacionalidad no se pierde ni aún por naturalizarse en otro país, bastando simplemente, para recuperar el ejercicio de los derechos de ciudadanía, avecinarse en la República e inscribirse en el Registro Cívico”.
Nótese que habla la Constitución de “recuperarla” lo que claramente hace referencia a que se perdió o al menos se suspendió la ciudadanía en el período que una persona se nacionaliza en otro país.
También hace referencia la Constitución a avecinarse e inscribirse en el Registro Cívico o sea volver al Uruguay, e ir al Registro Cívico y demostrar que se ha radicado nuevamente en el país.
Diferente es la situación de quien se radica por ejemplo en un país pero no hace los trámites de radicación o se mantiene con visa de turista, ellos por el simple hecho de volver al Uruguay para el acto eleccionario pueden votar ya que nunca fueron dados de baja por la Corte Electoral.
Se creará una comisión para que encuentre una forma de cambiar el texto Constitucional o algún camino para desconocer la voluntad del pueblo.
La Constitución es demasiado clara y a nuestro entender no cabe interpretación alguna, sólo se puede violar su texto y espíritu.
La única forma de modificarla es la consulta popular por medio del voto, la cual ya resultó negativa por nuestro pueblo.
Como es bien sabido los países tienen en sus Constituciones un conjunto de normas, valores y principios bajo los cuales los ciudadanos y los gobiernos deben vivir en su territorio.
Los gobiernos pueden y deben crear leyes tendientes al bienestar, al progreso, y normas de convivencia bajo las cuales se debe actuar en su territorio.
En nuestro país el sistema de gobierno es Republicano (Art. 82 de la Constitución) por lo tanto el Parlamento Nacional puede y debe crear normas, leyes para éste fin siempre dentro de los límites del texto Constitucional.
Cabe aclarar que democracia es la forma mediante la cual se eligen los gobernantes y República es la forma de gobierno.
Vale decir que democráticamente y por voto secreto elegimos a nuestros gobernantes y éstos gobiernan mediante un sistema Republicano dónde existen tres poderes independientes Ejecutivo (Presidente y ministros) encargados de ejecutar las acciones de Gobierno, Legislativo (Senadores y Diputados) encargados de votar leyes y Judicial (Jueces y Fiscales) encargados de aplicar la ley a quien se desvía de ésta.
Pero ninguno de estos poderes puede pasar por encima de la Constitución de la República, ésta es el poder máximo de nuestro país.
Este tipo de actitudes de quienes deben legislar dentro de determinados límites pero lo hacen creyéndose superiores, no sólo es anticonstitucional sino también antidemocrático al desconocer que casi dos de cada tres personas votaron en contra.
Nos preocupa mucho que se busque por medio de artilugios ganar en la liga lo que se perdió en la cancha, ¿pasará lo mismo si el Frente Amplio pierde las elecciones Presidenciales en el año 2019?