Margarita Heinzen

Uruguay se posicionó en el año 2022 en el puesto número 44 del índice de Libertad de Prensa que elabora Reporteros Sin Fronteras (RSF). Esto implicó que, tras un cambio metodológico en su elaboración, Uruguay cayera del puesto 18 al 44. Aunque el país sigue teniendo una buena ubicación en América Latina, asombró el descenso pronunciado. El cambio metodológico no está claro pero, según El Observador, los indicadores considerados fueron: pluralismo, independencia de los medios de comunicación, ambiente y autocensura, marco legal, transparencia, infraestructura y agresiones. La complejidad del índice no admite un análisis que se quede en una dimensión individual. La libertad de expresión también tiene una dimensión social, que implica “el derecho de la sociedad a recibir información de diversidad de fuentes, que la mayor cantidad de personas y grupos puedan participar en la esfera pública y entender que en la sociedad hay múltiples formas de expresión y que no todas tienen que ver con los medios de comunicación masivos”, como señala Edison Lanza en La Diaria.

Sin mucha elaboración, se me ocurren algunas situaciones poco favorables a la libertad de expresión y en particular a la libertad de prensa. La senadora Graciela Bianchi nos tiene acostumbrados (no nos acostumbremos, ¡por favor!) a amenazar, señalar y estigmatizar a periodistas con quienes discrepa, atribuyéndoles pertenencia partidaria, sesgo ideológico o traición a la patria. El senador Guido Manini, por su lado, ha arremetido y sembrado dudas contra el semanario Búsqueda y sus periodistas, cada vez que publican un informe que lo alude. También recuerdo una de las primeras disposiciones de Gerardo Sotelo al asumir como director de los medios públicos, en la que exigía a los periodistas que toda la información, antes de salir al aire, debía ser «consultada» con el coordinador periodístico de la SECAN. ¿Qué ganas le van a quedar a un periodista que vive de su trabajo de desafiar a las autoridades?  El Indice de RSF incluye: pluralismo, ambiente y autocensura. Digo, para ir entendiendo.

Respecto al marco legal, la Ley de Acceso a la Información Pública, supuso un cambio profundo que contribuyó a la transparencia y a la democracia uruguaya, si bien no llegó a aplicarse a cabalidad y se presentaron varios reclamos respecto al alto número de rechazos a pedidos de información en instituciones públicas. Durante la campaña electoral, los partidos de la coalición que hoy gobierna hicieron énfasis en la falta de transparencia en varias áreas de la administración anterior, pero en la práctica, su respuesta a estos pedidos no ha mejorado: han desclasificado mucha información del gobierno anterior, pero sigue siendo alta la tasa de pedidos sin respuesta, y temas centrales, como la asignación directa de la terminal del puerto de Montevideo o el destino del gasto de la pandemia se encuentran entre la información denegada, según expresa Lanza en el artículo mencionado.

Además, la LUC perforó esta Ley de Acceso en relación a informaciones que recopila el Sistema de Inteligencia, que pasaron a ser reservadas sin plazo y sin la obligación de fundamentar la negativa. Además, sólo el presidente de la República puede levantar el secreto.

Por un lado, el Estado debe garantizar la libertad de expresión, o al menos no interferir en su expresión. También tiene obligaciones que cumplir. No hacer nada en muchos de estos temas favorece la opacidad y disminuye el pluralismo de voces. En esa línea, la reforma enviada al Parlamento ley de Medios facilita que los grupos con más poder económico adquieran y concentren un mayor número de medios; suprime la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes y disminuye los fondos para promover la industria de contenidos. Aunque esto formaba parte del programa que votó la ciudadanía, acordemos que estas medidas no favorecen a la pluralidad de voces ni la democracia.

La libertad de expresión está consagrada en la Constitución, por lo tanto tiene mayor rango que cualquier ley. Sin embargo, tanto la LUC como la “ley de faltas” se han antepuesto a este derecho constitucional. La LUC vuelve ilegales los cortes de calles o rutas y dejan la interpretación de esta “ilegalidad” a la Policía. La intención de distintas autoridades de criminalizar actos de protestas como grafitis y pintadas es clara, como ocurrió con estudiantes de Magisterio e integrantes de la Juventud Comunista quienes fueron citados a declarar al amparo de la ley de faltas por estar pintando muros con las reivindicaciones de sus gremios o partido político. A esto se suma la decisión de “blanquear” los muros del IPA que habían sido pintados por los estudiantes.

“Las paredes son la imprenta de los pueblos”, supo escribir el escritor y periodista argentino Rodolfo Walsh, aún desaparecido por la dictadura. Y así lo entienden todavía los movimientos estudiantiles que los pintan tanto para pedir más presupuesto para la educación, como para recordar sus luchas o dar la bienvenida a las nuevas generaciones.

Estos sucesos en el ámbito de la educación, vienen al caso al hablar de marco legal, ambiente y pluralismo. La ley de faltas se refiere a vandalismo, a “actos de deterioro o destrozos” en espacios públicos o sus instalaciones. ¿Pintar una fachada de un edificio público es destrozo? Para el presidente de ANEP, Robert Silva, los muros “no son muros”, sino que son “fachadas de establecimientos públicos”. Vania Markarian, investigadora de la UdelaR, expresó que hay “algo de gracia o de paradoja” respecto a que estos problemas se den en tiempos de redes sociales. Por un lado “decimos que ahora se comunica todo por las redes o que lo que no pasa en las redes no ocurre”, pero estamos ante una “disputa” sobre si se puede escribir en una pared. Para el dirigente del Ceipa Maximiliano Santos “al no tener grandes medios de comunicación”, la voz de los estudiantes “de alguna manera tiene que ser escuchada” y la fachada es el lugar más próximo de comunicación con otros estudiantes, la comunidad y los vecinos.

Llamar a declarar a estudiantes porque están pintando muros parece una desproporción. ¿Cuál es el miedo? Existen dos posibilidades: se recurre a la represión policial porque la institución es incapaz de resolver estos problemas o se intenta impulsar una política de “miedo” que busca que funcione la autocensura. Un problema pedagógico y de convivencia en una institución se amplifica a otro ámbito del Estado y se controla con medidas represivas. ¿Va por ahí?

Están en conflicto, entonces, un derecho constitucional como la libertad de expresión, la obligación de las autoridades de preservar el patrimonio institucional y el deber del estado de garantizar esa libertad de expresión y el acceso a la información de los ciudadanos. Fácil no es, pero, según me enseñaron en el liceo, el derecho constitucional está por encima.

Volviendo a los rankings, más allá de los aspectos metodológicos, en general los primeros lugares los han ocupado los países nórdicos. No es casualidad: esos países tienen buenas leyes y se las toman serio: promueven el acceso a la información, protegen la diversidad y el pluralismo en los medios y apoyan esquemas de medios públicos con recursos y participación plural. En general, también los altos funcionarios tienen un discurso cuidadoso y no atacan a la prensa por hacer su trabajo. También admiten la protesta pacífica, por incómoda que sea para la circulación y la economía.