CARU, Puerto
Escribe Darío Rodríguez
La Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) es un organismo binacional que tiene el propósito de administrar el cauce en el tramo compartido con Argentina. El tratado de límites de 1961, entre ambos países, es el marco que dio origen al Estatuto correspondiente suscripto el 26 de febrero de 1975. Al reseñar su actuación, la CARU manifiesta tener la “responsabilidad de llevar a cabo todas aquellas tareas integrantes de su amplia competencia…”. Pues es un “moderno y avanzado instrumento internacional para la administración de un recurso hídrico compartido… (…) …Las diferentes maneras en que puede ser utilizado el Río necesitan ser reguladas jurídicamente”. Por ello dicta resoluciones contando con un digesto Sobre usos del Río Uruguay.
Al igual que la Argentina, la delegación uruguaya cuenta con cinco representantes; esta vez sin la presencia en la misma de la oposición política como también sucede en la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande (CTMSG); objeto de la interpelación. La presidencia y la vice del organismo se rotan anualmente entre ambos países. A la uruguaya la preside Mario Daniel Ayala; lo secundan Miguel R Feris; escribana María Eugenia Almirón; ingeniero agrimensor Roberto Pérez y capitán de navío Miguel Angel de Ocampo. Poco sabemos de la expertise de este equipo.
En el artículo 1 del Estatuto se marca la conveniencia de disponer de un mecanismo idóneo para “un óptimo y racional aprovechamiento del Río”. Lo del aprovechamiento se lo han tomado en serio.
Viejos vicios de la política, su ventilación y la falta de controles en organismos que, además manejan recursos, comienza a indignar a mucha gente.
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