La llamada astreinte se aplica en dos sentencias que la condenaron a la IDP por acceso a la información. En juicio por acción de acceso a la información pública ( art. 22 ley 18.381) promovida por Federico Álvarez Petraglia y Mario Díaz, la Intendencia de Paysandú fue condenada a la suma de 4 unidades reajustables diarias por cada día de retardo en el cumplimiento de lo resuelto por sentencia número 32/2024 confirmada parcialmente por sentencia 281/2024, en carácter de astreintes, y por un plazo no mayor a 45 días corridos desde la notificación.
En segunda instancia se confirmó la acción promovida por los demandantes y el Tribunal consideró que no se respondieron algunas preguntas, no ha habido respuesta en cuanto a los siguientes puntos. Se trata de dos sentencias.
Las preguntas que no se respondieron aún
1-Si existen funcionarios municipales a cargo de empleados de la Fundación.
2-Cuales fueron las inversiones que realizó la empresa SANDECO (tema vertedero),
3-Qué empresas se presentaron al llamado y cuáles fueron los montos de sus ofertas
4-Qué medidas contempla el proyecto para lograr el uso del edificio cuando hubiera inundaciones (residencia)
5-Qué soluciones prevía el proyecto para permitir el acceso al edifico cuando el mismo se inundara.
6-Cuáles eran los costos derivados de las soluciones específicas para permitir el uso mientras se verifiquen inundaciones.
7-Teniendo en cuenta que el proyecto será financiado por un Fideicomiso, se detallen con precisión los fondos disponibles, descontando lo destinado a las obras en ejecución o próximas a ejecutarse.